domingo, 18 de agosto de 2013

La Doctrina Social de la Iglesia y el pensamiento político moderno IV



Para la etapa de los primeros asentamientos del pueblo hebreo la posesión de una parcela de tierra garantizaba el bienestar de cada familia, de todas las familias sin exclusión. La existencia de la extrema pobreza era considerada una situación social inaceptable que exigía la colaboración de los otros miembros de la comunidad para asistir al necesitado. Una muy vieja tradición semita, que se remonta al Imperio babilónico de los tiempos del Rey Hammurabi (siglo XVIII a. C.) habla de la necesidad de dar ayuda. Una trilogía habla de los necesitados: «la viuda, el huérfano y el extranjero», que será recogida siglos después en los textos del Antiguo testamento:. El sacerdote Xabier Pikaza[1] (1941) escribe sobre este tema:
Pues bien, la Biblia ha elaborado una ley muy especial para proteger a los no privilegiados (viudas, huérfanos, extranjeros). Viuda  es una mujer que no recibe ayuda económica o protección social de ningún varón, sea porque su marido ha muerto, sea porque ha sido abandonada y queda sola, sin padres, hermanos, hijos o parientes que cuiden de ella. En el contexto patriarcalista y violento del tiempo del Antiguo Testamento, para una mujer, era imposible vivir sola, pues la unidad fundante y el espacio base de existencia era la “casa”  y fuera de ella una mujer se volvía prostituta o vagaba sin sentido por la tierra. Huérfano es el niño o menor sin familia que le ofrezca casa, es decir, protección jurídica, espacio de vida social y capacidad de desarrollo   económico. Por eso está a merced del capricho o prepotencia de los poderosos del entorno. La tradición israelita ha vinculado siempre a huérfanos y viudas, situándoles sobre un mismo campo de necesidades y haciéndoles objeto de cuidado especial por parte del resto de la sociedad. Extranjeros son los que residen en la tierra israelita, pero sin formar parte de la institución sagrada de las tribus. No se han integrado en la estructura económica, social y religiosa del pueblo de la alianza, pero tampoco conservan el derecho del país del que provienen con sus propias estructuras sociales, familiares, religiosas; por eso, carecen de protección jurídica.
Esta normativa preveía posibles situaciones que se podían dar en la práctica cotidiana del pueblo hebreo. Recordemos que la tierra había sido dada a todos. En la época que analizamos ya se había establecido una sociedad patriarcal, el varón era el designado para ejercer el derecho de posesión de la tierra. Las categorías de la trilogía representaban a los excluidos del sistema, por tal razón era obligación de los demás hacerse cargo de sus necesidades y darles protección. Esto queda expresado en unos pocos ejemplos que citaré, pero que se repiten a lo largo de muchas textos:
«A ninguna viuda ni huérfano afligiréis. Porque si tú llegas a afligirles, y ellos clamaren a mí, ciertamente oiré yo su clamor»; «Dios es grande, poderoso y temible, que no hace acepción de personas; que hace justicia al huérfano y a la viuda; que ama también al extranjero dándole pan y vestido».- «Cuando siegues tu mies en tu campo, y olvides alguna gavilla en el campo, no volverás para recogerla; será para el extranjero, para el huérfano y para la viuda; para que te bendiga Jehová tu Dios en toda obra de tus manos. Cuando sacudas tus olivos, no recorrerás las ramas que hayas dejado tras de ti; serán para el extranjero, para el huérfano y para la viuda».- «Cuando acabes de diezmar todo el diezmo de tus frutos en el año tercero, el año del diezmo, darás también al levita, al extranjero, al huérfano y a la viuda; y comerán en tus aldeas, y se saciarán. Y dirás delante de Jehová tu Dios: He sacado lo consagrado de mi casa, y también lo he dado al levita, al extranjero, al huérfano y a la viuda, conforme a todo lo que me has mandado; no he transgredido tus mandamientos, ni me he olvidado de ellos».
La posibilidad de que a algún miembro de la comunidad no le fuera bien con sus cosechas, o por cualquier otra razón se viera obligado a pedir prestado para sobrevivir, quien lo ayudara debía comportarse de acuerdo a lo establecido:
«Si prestas dinero a un miembro de mi pueblo, al pobre que vive a tu lado, no te comportarás con él como un usurero, no le exigirás interés. Si tomas en prenda el manto de tu prójimo, devuélveselo antes de que se ponga el sol, porque ése es su único abrigo y el vestido de su cuerpo».


[1] Ha cursado estudios en la Universidad Pontificia de Salamanca, en la Universidad de Santo Tomas y en Instituto Bíblico (Roma); – y en las universidades de Hamburgo y Bonn (Alemania). Es Doctor en Teología por la Univ. Pontificia de Salamanca, Doctor en Filosofía  por la Univ. de  Santo Tomás de Roma, Licenciado y Doctor en Sagrada Escritura por el Instituto Bíblico de Roma. Profesor de la Facultad de Teología de la Universidad Pontificia de  Salamanca.

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